asturiasemanal.es
laboral ecología cultura opinión política etcétera
   
con tacto
   

 

Anulada por el Tribunal Superior de Navarra la
autorización ambiental integrada concedida al segundo grupo térmico de la filial de Hidrocantábrico-EDP en Castejón.

Por Carmelo de Samalea.

 

Como consecuencia de la demanda presentada por la “Plataforma de la Ribera + Centrales no”, integrada por vecinos de Castejón, el TSJ de Navarra ha declarado nulo el acuerdo del gobierno navarro de Marzo de 2006 que concedía la autorización ambiental integrada a la empresa Elerebro S.A., filial del grupo EDP-Hidrocantábrico, para la construcción de un nuevo grupo térmico de ciclo combinado de 400 MW de potencia en la central de Castejón.

El TSJ navarro fundamenta su sentencia en que la citada instalación no respeta los 2.000 metros de distancia mínima de seguridad que estipula el Decreto 2.414 de 1961 para actividades calificadas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. La citada instalación se encuentra a 500 metros del núcleo urbano más próximo.

La construcción del segundo grupo de la central térmica de Elerebro en Castejón ya está finalizada y su coste ha sido de unos treinta mil millones de pesetas. El primer grupo, también de ciclo combinado y 400 MW de potencia entró en funcionamiento en Septiembre de 2002. Ambas instalaciones utilizan gas natural como combustible y captan unos 280 litros por segundo, cada grupo, de agua del Ebro para utilizarla como refrigerante. A este primer grupo también se opusieron algunos vecinos de Castejón, que presentaron alegaciones pero que no llegaron a la vía judicial. El Ayuntamiento castejonero presentó alegaciones a la construcción del segundo grupo, pero tampoco llevó el asunto a los juzgados. Iberdrola tiene en este municipio otra central térmica de idénticas características y potencia, que fue inaugurada en Mayo de 2003 por Rodrigo Rato, entonces ministro de Economía y vicepresidente segundo del gobierno de Aznar, y el presidente navarro Miguel Sanz.

Marcos Antuña, director de Proyectos e Inversiones de Hidrocantábrico, al anunciar la construcción de este segundo grupo térmico, paralizado ahora por la sentencia del TSJN, declaró que el emplazamiento había sido elegido por sus buenas comunicaciones y su proximidad a las redes nacionales de gasoductos y transporte eléctrico, además del abastecimiento de agua del Ebro para la refrigeración. La energía producida se envía al País Vasco y Cataluña por el valle del Ebro.

Elerebro SA (Eléctrica de la Ribera del Ebro) pertenece a Hidrocantábrico en un noventa por ciento; el diez por ciento restante lo tiene Caja de Navarra. Cuenta con una superficie de quince hectáreas en el polígono de Castejón. El ayuntamiento de esa localidad, con los votos a favor de UPN y PSN concedió la primera licencia de obras a Elerebro SA en Noviembre de 2000. Según informaciones de Nafarroa Bai, el diputado del PP-UPN Jaime Ignacio del Burgo es uno de los fundadores, accionista y miembro del Consejo de Administración de Elerebro.

Los portavoces de la “Plataforma de la Ribera + Centrales no”, Jesús Mari Tomás y Dani Maeztu, informaron que antes de esta sentencia, todos los recursos administrativos que presentaron ante diferentes organismos oficiales fueron denegados, al igual que los iniciativas políticas planteadas pidiendo la paralización de la construcción de centrales térmicas. De igual modo, les fue denegado el amparo del Ararteko de Nafarroa y del Defensor del Pueblo. El recurso presentado ante la Comisión Europea tampoco prosperó.

En este sentido, conviene recordar que la térmica de Erelebro SA recibió en Febrero de 2005 la certificación ambiental de Aenor ISO 14001:2004. Durante un acto protocolario celebrado en la propia central, el presidente de Aenor, Manuel López Cachero entregó dicha certificación ambiental al entonces presidente de Elerebro SA, en presencia de Joaquín Coronado, consejero delegado de HC y de Marcos Antuña, director de Proyectos e Inversiones de HC.

Al anular el TSJN la concesión de la autorización ambiental integrada, el Ministerio de Medio Ambiente tampoco podrá conceder los derechos de emisión, sin los cuales el nuevo grupo térmico no puede entrar en funcionamiento. Según José Mari Tomás, tras esta sentencia, el procedimiento administrativo seguido para aprobar la instalación de la térmica es nulo de pleno derecho. Tampoco se debe olvidar que Navarra exporta la mitad de la energía eléctrica que produce.

Interesa recordar aquí lo ocurrido con la planta de biometanización de Arazuri, que fue paralizada por una sentencia similar del Tribunal Supremo de España cuando ya estaba construido el 70 por ciento de la obra. La previsión es desmantelarla para aprovechar todos sus componentes en otras instalaciones. En ambas sentencias se establece, además, que dichos proyectos carecían de un estudio de alternativas. Aunque el gobierno foral de Navarra recurrirá la sentencia que afecta a la central térmica de Erelebro, los demandantes han pedido ya la ejecución de la misma.