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Oficina de Defensa del Anciano         Asturias Republicana
   
   

El organismo autónomo Establecimientos residenciales para ancianos de Asturias (ERA) actuó con los ancianos como la banca con las "preferentes"
El juzgado de lo Contencioso nº 1 de Gijón admitió a trámite la denuncia de la Plataforma de Afectados del ERA pidiendo la nulidad de los contratos de hospedaje de las residencias de ancianos

El Juzgado de lo Contencioso/Administrativo nº 1, de Gijón, ha admitido a trámite el pasado día cuatro de Septiembre el recurso contencioso-administrativo presentado el once de julio por la Plataforma de Afectados del ERA contra dicho organismo autónomo por la desestimación, por silencio administrativo, de la solicitud presentada el 16 de noviembre de 2016 de la nulidad de los contratos de hospedaje de los ancianos de las residencias del ERA.

Esta nulidad se fundamenta en la falta de información veraz, la actuación incorrecta del ERA, la no emisión de facturas mensuales y la situación física de los ancianos que, sin estar incapacitados legalmente, sus enfermedades eran incompatibles con el hecho de que pudieran prestar un consentimiento contractual suficiente y válido.

El órgano judicial requiere al organismo autónomo ERA para que, en el plazo de veinte días, envíe los expedientes correspondientes y le emplaza para que se persone como demandado en el plazo de nueve días.

La Plataforma considera que el ERA actuó con los ancianos como la banca con las “preferentes”, pues todo el mundo estaba en el convencimiento que pagando el 75% de su pensión, excluidas las pagas extras, no se generaba deuda de ninguna clase.